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Administración en salud
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abril 04, 2025
Historia Clínica
Historia Clínica
La Resolución 1995 de 1999 establece que la historia clínica es un documento privado, obligatorio y reservado, donde se registra cronológicamente el estado de salud del paciente y los actos médicos realizados. Solo puede ser consultada por el paciente, el equipo de salud o las autoridades autorizadas por la ley. Debe diligenciarse de forma clara, completa y oportuna, sin tachones ni espacios en blanco. Contiene datos personales, registros médicos específicos y anexos como consentimientos informados. Debe conservarse por un mínimo de 20 años, en archivos organizados y seguros. Puede gestionarse en formato físico o digital, siempre con mecanismos de seguridad. Su correcto manejo es supervisado por un Comité de Historias Clínicas y el incumplimiento de esta norma puede acarrear sanciones legales.
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